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Que tenes que saber si Bromatología inspecciona un comercio o planta industrial

El momento de la Inspección del personal de la Dirección de Bromatología e Higiene no es uno de los momentos mas gratos para ser sinceros, no por algo en particular, sino por el simple hecho de ser "inspeccionados", revisados. Y es importante saber y conocer si el procedimiento es de rutina o si el establecimiento ha sido denunciado.


El objetivo de toda inspección bromatológica es GARANTIZAR las condiciones de producción y manipulación de alimentos, que luego llegan a la mesa del consumidor y a su familia.

En esta inspección se deben cumplir con las condiciones edilicias, ambientales, higiénico-sanitarias, de personal y formales de la actividad comercial de productos alimentarios.


Qué es lo que tenes que mejorar en tu comercio o establecimiento y prestarle atención para evitar ser clausurado:

En la inspección bromatológica se constata si existe alguna falta y/o inobservancia y/o incumplimiento, tales como:

¿Y si encuentran irregularidades?

A partir de las faltas constatadas, el personal de Bromatología labra un acta que luego es elevada al Juzgado de Faltas para su juzgamiento. Desde el Juzgado se cita al presunto infractor, para que ejerza su derecho de defensa y efectúe el descargo que estime pertinente.


Asimismo, es facultad tanto de la autoridad de control como del Juzgado de Faltas, disponer la clausura temporaria y preventiva del local comercial, cuando las infracciones constatadas comprometan la inocuidad y elaboración de los alimentos y pongan en riesgo la salud pública, y la misma sea necesaria para la cesación de las faltas.

A petición del propietario, el Juzgado de Faltas autoriza el ingreso del personal necesario (bajo la supervisión de personal de Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología) al solo efecto de proceder a realizar las tareas pertinentes tendientes a subsanar las infracciones constatadas, sin poder efectuar actividad comercial alguna.


Vuelve a inspeccionar Bromatología

A posteriori, y cuando el propietario así lo solicita ante el Juzgado, se da nueva intervención a la Dirección de Inspección Sanitaria y Bromatología para que efectúe el control higiénico sanitario y constate si el local ha realizado la totalidad de las tareas que hicieran posible reanudar el normal funcionamiento de las actividades comerciales.

En caso de que la Dirección correspondiente eleve un informe positivo en cuanto al saneamiento de las faltas constatadas oportunamente, el Juzgado de Faltas dispone de considerar el levantamiento de la medida cautelar de clausura y la reapertura de local comercial, aplicándose asimismo una multa pecuniaria conforme las circunstancias, naturaleza y gravedad de las faltas en cada caso particular.


La inocuidad de los alimentos

Cabe aclarar que en determinadas situaciones, si bien las infracciones constatadas refieran a falta de higiene y deficiencias edilicias, pero que no comprometan la inocuidad y elaboración de alimentos ni pongan en peligro inmediato la salud pública, puede disponer el propietario del local el cierre voluntario, hasta tanto efectúe las tareas necesarias tendientes a revertir tal situación.

En estos casos, al momento de dictarse sentencia, es aplicada una multa pecuniaria pero es merituada por el Juzgado de Faltas, conforme las circunstancias, naturaleza y gravedad de la falta en cada caso particular.


El objetivo de cada inspección bromatológica es siempre la INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS, que los mismos sean sanos y no enfermen al consumidor.


Tuviste alguna inspección bromatológica? Sabías los pasos en el caso que se efectúe clausura?


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